02-21-2016, 08:41 PM
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02-21-2016, 09:02 PM
...Gracias , aunque no se aprecia el detalle, alguna burbujilla quedó, pero repito, creo que es mejor humedecer con agua jabonosa, y supongo que con el faro sin desmontar costará ponerlo algo más ...
02-22-2016, 04:41 PM
He mirado un poco por internet, el reglamento General de Vehículos, y de momento no pinta muy bien... pag. 51
http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vi ... ico126.pdf
A ver si alguno damos con un documento dende se rconozca la posibilidad de utilizar el amarillo.... si no, ni me voy a molestar en ponerlo. :?
http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vi ... ico126.pdf
A ver si alguno damos con un documento dende se rconozca la posibilidad de utilizar el amarillo.... si no, ni me voy a molestar en ponerlo. :?
02-22-2016, 11:38 PM
...Pues si skr hock:, vaya chasco :?, parece bastante claro... no obstante seguiremos investigando al respecto...
02-23-2016, 09:10 PM
Las luces de carretera en amarillo están prohibidas, ni tan solo las de niebla. En Francia ya no hay vehiculos con luces amarillas.
La ITV, no te lo pasa.
La ITV, no te lo pasa.
02-23-2016, 11:01 PM
...De todas maneras no pensaba presentarme en la ITV con la luz amarilla Pau , pero a lo mejor en Gredos si, jejeje 8-) ...
02-24-2016, 12:05 AM
Agáricus escribió:...De todas maneras no pensaba presentarme en la ITV con la luz amarilla Pau , pero a lo mejor en Gredos si, jejeje 8-) ...
jejeje yo había pensado lo mismo...
Por internet se puede encontrar en foros y sitios así que es legal en vehículos anteriores a 1999 pero lo que no encuentro es un reglamento o texto maomeno legal que lo diga.... el rollo no es ya la ITV, si no que como es algo que da cierto cante, puedes ser pasto de picolos tocapelotas y que de paso te crujan.... :?
02-24-2016, 04:08 PM
Yo he encontrado esto. A ver qué os parece?
NORMATIVA LEGAL:
A) Código de la Circulación de 25 de septiembre de 1.934 (vigente, en los extremos que aquí interesan, hasta el 27/01/1999):
Capítulo IX.- Del alumbrado y señalización óptica de los vehículos (modificado por Decreto de 13/08/1971, BOE 07/09/71).-
Art. 144. Reglas generales. I. Las luces vistas de la parte delantera del vehículo serán de color blanco o amarillo...
B) El referido Código de la Circulación de 1.934 es derogado sucesiva y parcialmente por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTCVMSV) de 2 de marzo de 1.990, así como por los Reglamentos que lo desarrollaron, entre otros, el Reglamento General de Circulación de 17/01/1992 (sustituido por el de 21/11/2003), el Reglamento General de Conductores de 30/05/1997 (sustituido por el de 08/05/2009) y, por lo que aquí interesa, por el Reglamento General de Vehículos de 23/12/1998 (BOE 26/01/1999, en vigor desde 26/07/1999).
C) Dicho Reglamento General de Vehículos de 1.999 deroga, entre otros, el art. 144 del viejo Código de la Circulación y establece en su Anexo X: Automóviles. Tipo de luz: luz de cruce: BLANCO, si bien contempla una excepción al prever en su Disposición Transitoria Primera que los vehículos matriculados o puestos en circulación con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento PODRAN SEGUIR CIRCULANDO BAJO LAS MISMAS CONDICIONES TECNICAS con que fueron admitidos para su matriculación o puesta en circulación.
Así pues, coexisten 2 normativas en función de la matriculación y/o puesta en circulación de los vehículos:
* Vehículos matriculados o puestos en circulación DESDE el 26/07/1999 en adelante: LUZ DE CRUCE ..... COLOR BLANCO
* Vehículos matriculados o puestos en circulación ANTES del 26/07/1999: LUZ DE CRUCE .... COLOR BLANCO O AMARILLO (por aplicación del art. 144 del Cóg. Circulación -en su redacción dada por Decreto 13/08/1971, en vigor desde 07/10/1971- y, por tanto, de aplicación hasta el 26/07/1999).
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NORMATIVA LEGAL:
A) Código de la Circulación de 25 de septiembre de 1.934 (vigente, en los extremos que aquí interesan, hasta el 27/01/1999):
Capítulo IX.- Del alumbrado y señalización óptica de los vehículos (modificado por Decreto de 13/08/1971, BOE 07/09/71).-
Art. 144. Reglas generales. I. Las luces vistas de la parte delantera del vehículo serán de color blanco o amarillo...
B) El referido Código de la Circulación de 1.934 es derogado sucesiva y parcialmente por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LTCVMSV) de 2 de marzo de 1.990, así como por los Reglamentos que lo desarrollaron, entre otros, el Reglamento General de Circulación de 17/01/1992 (sustituido por el de 21/11/2003), el Reglamento General de Conductores de 30/05/1997 (sustituido por el de 08/05/2009) y, por lo que aquí interesa, por el Reglamento General de Vehículos de 23/12/1998 (BOE 26/01/1999, en vigor desde 26/07/1999).
C) Dicho Reglamento General de Vehículos de 1.999 deroga, entre otros, el art. 144 del viejo Código de la Circulación y establece en su Anexo X: Automóviles. Tipo de luz: luz de cruce: BLANCO, si bien contempla una excepción al prever en su Disposición Transitoria Primera que los vehículos matriculados o puestos en circulación con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento PODRAN SEGUIR CIRCULANDO BAJO LAS MISMAS CONDICIONES TECNICAS con que fueron admitidos para su matriculación o puesta en circulación.
Así pues, coexisten 2 normativas en función de la matriculación y/o puesta en circulación de los vehículos:
* Vehículos matriculados o puestos en circulación DESDE el 26/07/1999 en adelante: LUZ DE CRUCE ..... COLOR BLANCO
* Vehículos matriculados o puestos en circulación ANTES del 26/07/1999: LUZ DE CRUCE .... COLOR BLANCO O AMARILLO (por aplicación del art. 144 del Cóg. Circulación -en su redacción dada por Decreto 13/08/1971, en vigor desde 07/10/1971- y, por tanto, de aplicación hasta el 26/07/1999).
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02-24-2016, 04:51 PM
Muy bueno Cruiser!
Es cuestión de imprimirlo y llevar el papelito en la moto porsiaca...
Es cuestión de imprimirlo y llevar el papelito en la moto porsiaca...
02-24-2016, 08:25 PM
skr escribió:Muy bueno Cruiser!
Es cuestión de imprimirlo y llevar el papelito en la moto porsiaca...
Si te para la GC, sácale papeles legales...ya verás que te dicen...que ellos son la Ley y que se la saben de memoria. Eso como mínimo...
02-24-2016, 08:52 PM
cruiser escribió:C) Dicho Reglamento General de Vehículos de 1.999 deroga, entre otros, el art. 144 del viejo Código de la Circulación y establece en su Anexo X: Automóviles. Tipo de luz: luz de cruce: BLANCO, si bien contempla una excepción al prever en su Disposición Transitoria Primera que los vehículos matriculados o puestos en circulación con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento PODRAN SEGUIR CIRCULANDO BAJO LAS MISMAS CONDICIONES TECNICAS con que fueron admitidos para su matriculación o puesta en circulación.
Yo soy muy zote pero apostaría a que las Zephyr fueron admitidas para su matriculación o puesta en circulación con luz blanca
02-24-2016, 11:39 PM
...Gracias cruiser, buena búsqueda lo tendremos en cuenta ...
02-24-2016, 11:54 PM
Si, muy buena búsqueda, pero me parece que tanto Pau como Yon tienen razón... :?
04-02-2016, 09:09 AM
04-02-2016, 10:42 AM
Tiene buen aspecto, eso sí!
Mejor no te pare la G.C.
Igual te hacen parar en la cuneta y te ponen un cepo.
Lleva la Reglamentación ya citada, encima. Por si acaso.
Suerte!
(Los hay atrevidos...)
Mejor no te pare la G.C.
Igual te hacen parar en la cuneta y te ponen un cepo.
Lleva la Reglamentación ya citada, encima. Por si acaso.
Suerte!
(Los hay atrevidos...)
04-02-2016, 10:47 AM
Estaba escribiendo el post a la vez que Pau y no se ha publicado.
El comentario era parecido, ha quedado bien pero a ver que pasa cuando te cruces con la autoridad o en la ITV.
El comentario era parecido, ha quedado bien pero a ver que pasa cuando te cruces con la autoridad o en la ITV.
04-02-2016, 10:52 AM
irus escribió:Estaba escribiendo el post a la vez que Pau y no se ha publicado.
El comentario era parecido, ha quedado bien pero a ver que pasa cuando te cruces con la autoridad o en la ITV.
Miedo me da...
Ni que me pagasen, llevaría luz amarilla.
:oops:
04-02-2016, 04:09 PM
Me gusta, queda muy bien! Yo de momento no me atrevo, Jon te voy a utilizar de conejillo de indias, si no te dicen nada los picolos lo pongo yo también :? :mrgreen:
04-02-2016, 07:33 PM
Buenas chicos. Exacto, ahora tendremos con esta una prueba, a ver que dice la autoridad. Además, no me extrañaría que dependa de cada comunidad. Saludos
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04-02-2016, 08:42 PM
Muy guapa. A Agáricus le va a encantar. A ver si tienes suerte con los de Heineken.
04-04-2016, 06:57 AM
Llevo así desde mediados de diciembre aunque no hubiese publicado y me he cruzado con ellos y nadie me ha dicho nada.
04-04-2016, 11:13 PM
...¡Con dos co.... Motoratón! :aplauso:... Me gusta mucho ... Espero que los de Carlsberg sigan sin decirte nada ... creo que apareceré por la Nacional con el ojo amarillo jejeje :lol:...
11-17-2016, 02:13 PM
Hoy he pasado la ITV y les he preguntado lo del foco amarillo.... me han dicho que ni patrás, que aunque sea anterior a 1999 la moto se homologó con foco blanco...
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